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 ¿Debo contratar obligatoriamente un seguro por tener otra vinculación, por ejemplo con un banco?

No existe ninguna obligación de contratarlo aunque se haya firmado otros productos como, por ejemplo, préstamos o hipotecas. La ley 10/2014 de 26 de junio de Ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito te ampara. Las entidades financieras no pueden imponer contratos de seguro, muestra de ello es la Ley 3/2016 para la Protección de los Derechos de las personas consumidoras y usuarias en la contratación de préstamos y créditos hipotecarios sobre la vivienda. Busca alternativas en el mercado y si utilizas los servicios de la Correduría de Seguros tendrás asesoramiento profesional independiente.

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